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11. INCENTIVOS PARA EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS SELECCIONADOS 12
CONVOCATORIA ABIERTA PARA PROYECTOS DE INNOVACIÓN EN LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA
LABLOCAL
1. PRESENTACIÓN
La Ley 1757 de 2015 establece entre las funciones de las entidades territoriales la de promover la
participación ciudadana y de manera expresa les asigna la de “Diseñar y gestionar estrategias e
instrumentos que concreten en las realidades locales las políticas nacionales en materia de
participación y organización de la ciudadanía”. (Artículo 89, literal e)
En concordancia con lo anterior, la Ley establece sobre la financiación de actividades y proyectos para
la promoción, protección y garantía al ejercicio del derecho de participación, que este gasto responde
a “la puesta en marcha y la operación de mecanismos efectivos de participación para que las
personas y las organizaciones civiles puedan incidir en la elaboración, ejecución y seguimiento a las
decisiones relacionadas con el manejo de los asuntos públicos que las afecten o sean de su interés.”

(Artículo 94),
Para el desarrollo de tal función y actividades, la Ley dispone que los recursos presupuestales
asociados a la promoción de la participación ciudadana se deben invertir entre otros aspectos en el
“Apoyo a iniciativas dirigidas al fortalecimiento de las capacidades organizacionales de las
expresiones asociativas de la sociedad civil que buscan materializar las distintas manifestaciones de la
participación ciudadana a nivel nacional, departamental, municipal y distrital”. (Artículo 98)
Adicionalmente, la disposición legal en comento contempla entre las estrategias para que el Estado
garantice las bases fundamentales de la democracia, la formación y la promoción de la investigación
e innovación sobre la participación. (Artículo 110)

En el caso de Bogotá D.C., el Acuerdo distrital 257 de 2006 define para el Instituto Distrital de la
Participación y Acción Comunal el objeto de “garantizar el derecho a la participación ciudadana y
propiciar el fortalecimiento de las organizaciones sociales, atendiendo las políticas, planes y
programas que se definan en estas materias”; Y le asigna entre otras, las funciones de “ejecutar,
controlar, coordinar y evaluar planes, programas y proyectos para la promoción de la participación
ciudadana, el interés asociativo y la organización comunitaria en el Distrito, en el marco del Sistema
de Participación Distrital” y “diseñar y construir metodologías y tecnologías que permitan a las
comunidades organizadas planear, ejecutar, controlar y sostener obras de interés comunitarias y
transferirlas a las demás entidades del Distrito Capital y a las localidades”. Artículo 53).2021 que contempla el acceso a distintas herramientas e instrumentos para identificar el estado de los
procesos organizativos con el fin de incrementar sus capacidades mediante acciones que contribuyan a la
transformación de su territorio, de una realidad o circunstancia para incidir en la toma de decisiones
públicas. Modelo que incorpora como una de sus fases, el acceso a incentivos para el fortalecimiento que
permite a los participantes acceder a recursos de financiamiento y apoyos dispuestos por el IDPAC o en
alianza con otras entidades, cooperación internacional o redes que promueven dicho fortalecimiento.
En virtud de lo anterior, se da apertura a la presente convocatoria pública para que la comunidad
interesada presente propuestas de proyectos de innovación ciudadana con aplicación en la ciudad de
Bogotá, a fin de seleccionar diez (10) proyectos que serán financiados por el IDPAC a título de incentivo a
la participación, en los términos que se exponen a continuación:

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Seleccionar hasta diez (10) proyectos o iniciativas relacionadas con las temáticas señaladas en el numeral
4 del presente documento, para su desarrollo colaborativo en un taller que se realizará de conformidad
con el cronograma definido por el IDPAC.
Los proyectos seleccionados se desarrollarán con un grupo de colaboradores escogidos mediante
convocatoria independiente que se abrirá en la segunda fase del LABLOCAL.
2. ALCANCE DE LA CONVOCATORIA
LABLOCAL comprende dos fases: la primera, diseñada para la selección de proyectos o iniciativas que
estarán acompañadas de un grupo multidisciplinar de mentores; y la segunda, para la selección de los
colaboradores de los proyectos seleccionados que los asistirán hasta la realización del prototipado del
proyecto o iniciativa.
A través de LABLOCAL, el IDPAC facilitará los medios necesarios para la realización y documentación de
los proyectos que se seleccionen.
El desarrollo del LABLOCAL incluye la realización de actividades como charlas, paneles, conservatorios o
talleres, que fomenten la innovación pública, el fortalecimiento de las organizaciones sociales y la
participación de la ciudadanía.
2.1. Colaboradores en el LABLOCAL
Los colaboradores son las personas que cumplen con los perfiles profesionales para desarrollar y llevar a
cabo hasta la etapa de prototipado las iniciativas o proyectos durante el laboratorio, de conformidad con
las necesidades señaladas por los proponentes seleccionados en la primera fase de LABLOCAL. Los
colaboradores tendrán la oportunidad de unirse a los equipos de proyectos que desarrollarán las propuestas seleccionadas participando en la convocatoria que se abra para estos efectos en la segunda
fase del LABLOCAL.
3. POBLACIÓN QUE PUEDE PRESENTAR PROYECTOS O INICIATIVAS
3.1 Quiénes pueden radicar proyectos o iniciativas
Esta convocatoria tiene carácter público y va dirigida a todas las organizaciones sociales con y sin
personería jurídica residentes en la ciudad de Bogotá interesadas en las temáticas propuestas, sin
importar su ámbito de experiencia o su grado de especialización.
La organización social se debe presentar por medio del líder de la organización y hasta 5 miembros de la
organización.